Tras meses de adaptación de los sistemas informáticos de las empresas, de formación y trabajo del personal implicado, tanto en la creación del software empresarial como en la implantación y utilización del mismo, se pone en marcha el nuevo sistema de Suministro Inmediato de Información (SII), que permitirá establecer una relación de intercambio de información casi inmediata entre el contribuyente y la Agencia Tributaria.
Este intercambio de información se realiza a través del portal Web creado por la AEAT específicamente para este fin. En el mismo existen 3 accesos:
– Servicio de ayuda de identificación fiscal: En este acceso el contribuyente podrá comprobar un NIF de terceros a efectos censales.
– Tramitación de los Libros Registro de IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT: Es el acceso propio para la presentación de los Libros Registro de IVA, donde el contribuyente podrá además, consultar, modificar y dar de baja registros presentados.
– Información: El contribuyente encontrará aquí toda la información relativa a novedades publicadas por la AEAT, información de carácter técnico, normativa reguladora de dicho sistema e información general, entre la que se encuentra:
- Nueva herramienta “Calculadora de plazos», publicada por la AEAT con el fin de facilitar al contribuyente el cálculo de los plazos para la remisión de registros de las facturas a través del SII. Esta herramienta indica la fecha límite para remitir los registros, así como el periodo y ejercicio de anotación en el Libro registro de facturas emitidas y en el Libro registro de facturas recibidas para cada una de las distintas claves de facturas.
- Extenso índice de “Preguntas Frecuentes”que, en multitud de ocasiones, ayudan a resolver las cuestiones más recurrentes del contribuyente.
En la fase inicial de pruebas, la AEAT puso a disposición de los sujetos pasivos un entorno de pruebas que hoy sigue en vigor. El uso de este entorno está abierto, tanto a los sujetos pasivos, ya sean obligados/voluntarios del SII o no, como a sujetos pasivos, que deben ser puestos a punto antes de presentar información real y con efectos en la fase obligatoria.
En este entorno se permitirá al contribuyente hacer tantos envíos de prueba como quiera en la fase obligatoria antes de realizar el envío en el entorno de producción, que es el entorno donde todos los envíos tendrán transcendencia tributaria.
Ahora, sólo nos queda hacer nuestro este nuevo entorno como hicimos unos años atrás con la famosa, por aquel entonces, Declaración de Informativa de Libros Registro de IVA (Modelo 340) y valorar, con el transcurso del tiempo, las ventajas publicadas por la AEAT de este sistema:
- Información de calidad en un intervalo de tiempo suficientemente corto como para agilizar el sistema de gestión del IVA.
- Obtención de “Datos Fiscales”: Los contribuyentes podrán contrastar la información antes de la finalización del plazo de presentación de su declaración mensual de IVA, ya que el contribuyente dispondrá en la Sede electrónica de la AEAT de un Libro Registro “declarado” y otro “contrastado” con la información de contraste procedente de terceros que pertenezcan al colectivo de este sistema o de la base de datos de la AEAT.
- Posibilidad de corregir los errores cometidos en los envíos sin necesidad de ser requerido por la AEAT para ello.
- Disminución de los requerimientos de información por parte de la AEAT.
- Modernización y estandarización de la forma de llevar los tradicionales Libros Registro de IVA.
- Reducción de las obligaciones formales, mediante la supresión de la obligación de presentación de los modelos 347, 340 y 390.
- Reducción de los plazos de realización de las devoluciones, al disponer la AEAT de la información en tiempo casi real y de mayor detalle sobre las operaciones.
- Ampliación en 10 días de los plazos de presentación e ingreso de las autoliquidaciones periódicas del IVA.
María José López Tapia.
Departamento Asesoría Fiscal.
Lealtadis Asesores Tributarios.