La Disposición Adicional 4a del RD 463/2020 establece que:

“Los plazos de prescripción y de caducidad, de cualesquiera acciones y derechos quedarán suspendidos durante el plazo de vigencia del estado de alarma y, en su caso, de las prórrogas que se adoptaren”.

En este enlace pueden encontrar toda la información: LA PRESCRIPCION DE ACCIONES CIVILES Y COVID-19

En Lealtadis Abogados, quedamos a su vuestra disposición para cualquier duda.

Jose Pascual Pozo Gómez

Socio-director

LEALTADIS ABOGADOS