El pasado 28 de febrero de 2024, el Tribunal Supremo dictó la sentencia nº 339/2024, que determina la nulidad de aquellas liquidaciones de plusvalía municipal –del Impuesto sobre el Incremento del Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana- en las que haya existido disminución del valor del terreno entre la fecha de adquisición y la de transmisión.

De esta forma, el Alto tribunal modifica su criterio respecto de la nulidad de las liquidaciones de este impuesto, concluyendo que es posible que se declare la nulidad de pleno derecho de actos de aplicación tributaria firmes pero basados en una norma inconstitucional.

Por ese motivo, desde LEALTADIS ABOGADOS, S.L.P., le animamos a que, con motivo de esta nueva sentencia, revise las liquidaciones del IIVTNU que haya recibido en los casos en los que se pueda acreditar que disminuyó el valor del terreno durante su periodo de tenencia.

Para el asesoramiento y posible impugnación de dichas liquidaciones, así como para la consecución de los procedimientos de devolución de ingresos indebidos que procedan, estaremos encantados de poder atenderles.

Seleccione el siguiente enlace para acceder al contenido de la sentencia.

https://www.poderjudicial.es/search/TS/openDocument/925f4ac7054b033ea0a8778d75e36f0d/20240307

 

Departamento de Procedimiento Tributario

Ignacio Sánchez Campayo

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