LEALTADIS ABOGADOS ha logrado una sentencia favorable para sus clientes ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), reafirmando su liderazgo en la defensa de derechos tributarios. En esta ocasión, el despacho ha conseguido que se anule una liquidación tributaria que no respetaba los plazos legales establecidos.

Los hechos

En 2020, nuestro recibió una liquidación por parte de la Administración Tributaria relativa al Impuesto de Sociedades de los ejercicios 2009, 2010 y 2011, con una cuantía total de 316.131,35 €, incluyendo sanciones e intereses de demora.

LEALTADIS ABOGADOS interpuso un recurso contencioso-administrativo contra esta liquidación, argumentando que las dilaciones imputadas a la empresa durante el procedimiento de inspección no podían considerarse válidas debido a la falta de un plazo determinado concedido por la Administración para la presentación de la documentación requerida.

Las alegaciones realizadas por LEALTADIS ABOGADOS.

Según la Ley General Tributaria, un procedimiento de inspección debe concluir en el plazo de doce meses desde su inicio (ha de tenerse en cuenta que resultaba de aplicación la normativa anterior a la reforma del año 2015). En este caso, se alegó que la Administración Tributaria no cumplió con este plazo y que las dilaciones no podían imputarse a la empresa, ya que no se le había concedido un plazo específico para cumplir con los requerimientos.

LEALTADIS ABOGADOS argumentó que la mera continuación de las actuaciones realizadas fuera del plazo máximo no interrumpía la prescripción, por lo que los ejercicios 2009, 2010 y 2011 debían considerarse prescritos.

La resolución del Tribunal.

El TSJA, en su sentencia número 1445/2024, acogió las alegaciones de LEALTADIS ABOGADOS.

El Tribunal determinó que la Administración no proporcionó un plazo específico para que la empresa presentara la documentación requerida, lo que hacía que las dilaciones no pudieran imputarse al contribuyente.

Además, subrayó que la simple continuación de las actuaciones tras el plazo legal no tenía la capacidad de interrumpir la prescripción.

La sentencia declaró prescritos los ejercicios 2009, 2010 y 2011 y anuló la liquidación y las sanciones impuestas, con la correspondiente imposición de costas a la Administración demandada.

Los efectos de la resolución.

Gracias a la intervención de LEALTADIS ABOGADOS, la empresa no tendrá que hacer frente al pago de los más de 316.000,00 € reclamados por la Administración Tributaria, incluyendo las sanciones e intereses de demora.

Esta decisión representa un importante ahorro y una clara victoria en la defensa de los derechos de los contribuyentes frente a actuaciones administrativas incorrectas.

En LEALTADIS ABOGADOS disponemos de un equipo de profesionales especializados para resolver cualquier duda.

Departamento de Derecho Tributario

Jose Ramón Parra Bautista

María del Mar Felices Alcaraz

Alejandro Pérez Ibáñez

Ignacio Sánchez Campayo

Ernesto Salvador Fuentes

Federico Vivas Puig

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